Ley Karin: sembrando el compliance y la sostenibilidad laboral en Chile

Una ley que ha definido un antes y un después en el entorno laboral de los organismos públicos y privados

Artículos

Prevención del acoso y la violencia

Deber de adoptar medidas preventivas frente al acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.

Investigación imparcial y reservada

Procedimientos sujetos a confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género.

Protocolos obligatorios

Exigencia de contar con protocolos formales de prevención, actuación e investigación.

Medidas de resguardo

Protección inmediata de las personas involucradas durante el proceso de investigación.

Canales de denuncia

Obligación de habilitar y difundir mecanismos seguros para la recepción de denuncias.

Enfoque de dignidad y género

Incorporación obligatoria de la dignidad de la persona y perspectiva de género en la gestión laboral.

¿Qué debo tener implementado para cumplir la Ley Karin?

Un sistema mínimo que funcione en la práctica: protocolo de prevención, procedimiento de investigación y sanción, canales de denuncia conocidos por el personal y medidas de resguardo listas para activarse al primer aviso.

¿Qué debe incluir el protocolo de prevención, como mínimo?

Debe partir por evaluar riesgos psicosociales asociados a acoso y violencia, definir medidas concretas de control (con seguimiento), contemplar capacitación e información, y fijar resguardos de privacidad y honra para todas las partes.

¿Qué significa “perspectiva de género” en la práctica?

Que el protocolo y la investigación consideren riesgos y asimetrías reales (jerarquía, dependencia, contexto), evitando tratamientos estandarizados que terminan desprotegiendo a alguien. No es un “lenguaje”, es un criterio de análisis y de resguardo.

¿Qué hago apenas recibo una denuncia?

Actuar de inmediato: adoptar medidas de resguardo proporcionales (separación de espacios, ajustes de jornada u otras), dejar registro, y decidir si investigas internamente o remites a Inspección del Trabajo dentro del plazo.

¿Cuáles son los plazos críticos que no puedo incumplir?

Si la denuncia se presenta en la empresa, tienes 3 días para remitir antecedentes a Inspección si no investigas internamente. La investigación debe terminar en 30 días. Y recibidas las conclusiones, las medidas o sanciones deben aplicarse dentro de 15 días.

Prevención obligatoria

La ley exige gestión preventiva: identificar riesgos, controlarlos y capacitar, no limitarse a reaccionar cuando estalla un caso.

Investigación con estándares

Las investigaciones deben sostenerse en confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género, con trazabilidad y resguardo de ambas partes.

Medidas de resguardo inmediatas

No se esperan “resultados” para proteger: la obligación es adoptar resguardos desde que se recibe la denuncia, según gravedad y condiciones de trabajo.