NIC 28: El Tratado Definitivo sobre Asociadas y Negocios Conjuntos
La arquitectura financiera internacional, bajo el estándar de las NIIF, exige que los estados financieros reflejen la esencia económica de las relaciones estratégicas. En este escenario, la NIC 28 («Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos») actúa como el estándar maestro para regular participaciones donde existe influencia significativa o control conjunto, sin llegar al control absoluto que exigiría una consolidación total.
Para las empresas en Chile, entender esta norma es crítico, pues el valor contable determinado bajo NIC 28 suele discrepar radicalmente de la base tributaria que se informa anualmente en el F22. A continuación, presentamos un análisis técnico profundo de sus pilares, fórmulas y su interacción con el ecosistema normativo global.
1. Alcance y Excepciones: ¿Quiénes deben aplicar la NIC 28?
La norma se aplica a todas las entidades que sean inversores con control conjunto de una participada o que ejerzan influencia significativa sobre ella. No importa la estructura jurídica (corporación o asociación); el factor determinante es la gobernanza.
Exenciones Técnicas Críticas
Existen escenarios donde el método de la participación no es obligatorio:

Para efectos de reporte en el F22, estas exenciones financieras no eliminan la obligación de declarar la inversión bajo las reglas de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), lo que genera la primera gran diferencia entre el balance y el F22.
2. Pilares Conceptuales: La Influencia Significativa
El «disparador» de la NIC 28 es la influencia significativa: el poder de intervenir en las decisiones de política financiera y operativa de la participada, sin controlarla unilateralmente.
La Regla del 20%
Se presume influencia significativa si el inversor posee, directa o indirectamente, el 20% o más del poder de voto. Si posee menos del 20%, se presume que no hay influencia, a menos que existan indicadores cualitativos claros:
Representación en el consejo de administración.
Participación en procesos de fijación de dividendos.
Transacciones de importancia relativa entre ambas entidades.
Intercambio de personal directivo o suministro de información técnica esencial .
Es vital documentar estos juicios, ya que el SII podría cuestionar la valoración de activos en el F22 si la relación estratégica altera los precios de transferencia.
3. El Método de la Participación: Mecánica y Fórmulas
El método de la participación es el «alma» contable de la NIC 28. No es una simple valoración; es un seguimiento dinámico del patrimonio neto de la participada.
Reconocimiento Inicial y Medición Posterior
La inversión se registra inicialmente al costo (precio de compra más costos de transacción) . Posteriormente, el importe en libros fluctúa según la cuota parte del inversor en las utilidades, pérdidas y el Otro Resultado Integral (ORI) de la participada .
La Fórmula Maestra de Valoración
El valor de la inversión al final de un periodo V{t} se determina mediante la siguiente relación:
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Donde:

En el F22, este valor dinámico desaparece. El SII suele exigir la valoración al costo tributario reajustado, lo que obliga a realizar ajustes extracontables masivos para conciliar el balance con el F22.
4. Reglas de Oro: Transacciones e Interacción Normativa
La NIC 28 se «codea» con otras normas para asegurar que no se inflen utilidades ficticias entre empresas relacionadas.
Transacciones Ascendentes y Descendentes
Ascendentes (Upstream): Ventas de la asociada al inversor. La ganancia solo se reconoce en la medida de los intereses de terceros .
Descendentes (Downstream): Ventas del inversor a la asociada. Si Alfa vende a su asociada Beta (30% de participación) con utilidad de $1.000, solo puede reconocer $700 en su resultado; los $300 restantes se eliminan contra el valor de la inversión .
El Ecosistema Normativo (Relaciones Críticas)
Estas interacciones deben ser auditadas con lupa, ya que un error en la eliminación de utilidades internas distorsionará la Renta Líquida Imponible del F22.
5. El Reconocimiento de Pérdidas y Deterioro
¿Qué pasa si la asociada pierde dinero? El inversor reconoce pérdidas hasta que su inversión neta llegue a cero .
Orden de Prelación en Absorción de Pérdidas :
Inversión en acciones ordinarias.
Otros instrumentos (préstamos LP, acciones preferentes).
Si existen indicios de deterioro (crisis de liquidez o cambios legales adversos), el inversor debe realizar un test comparando el valor en libros con el importe recuperable (el mayor entre el valor razonable y el valor en uso) . Si hay pérdida, se reconoce un gasto que impactará el balance, pero que generalmente es un gasto rechazado para el F22 hasta que la pérdida sea efectiva por venta.
6. Escenarios Prácticos de Aplicación
Escenario: Compra muy Ventajosa (Minusvalía)
Si Alfa compra el 40% de Beta por $200.000, pero su parte en el valor razonable de los activos netos es de $240.000:
Reconocimiento: Se registra la inversión por $240.000.
Ganancia: Los $40.000 de diferencia se llevan inmediatamente a ingresos en el periodo inicial.
Impacto F22: Esta ganancia contable no es renta tributable de inmediato, generando un ajuste en la RLI del F22.
Escenario: Ajuste por Dividendos
Si la asociada reparte $30.000 en dividendos y usted posee el 40%:
Contablemente: Reduce su inversión en $12.000$ ($30.000 * 0,4) .
F22: El dividendo se reconoce como ingreso tributable (o exento si es entre empresas chilenas), marcando otra discrepancia con el balance.
7. Conclusiones y Recomendaciones Estratégicas
La NIC 28 impone un rigor que trasciende la tenencia de acciones; exige una comunicación fluida entre inversor y asociada para homogeneizar políticas contables (ej: métodos de inventario o depreciación).
En el contexto chileno, la gestión de estas inversiones requiere una doble contabilidad:
Visión Financiera (NIC 28): Para reportar a socios, bancos y cumplir con IFRS.
Visión Fiscal (F22): Para cumplir con el SII, gestionando los impuestos diferidos que surgen inevitablemente.
La formalización y auditoría de estos procesos garantizan que la empresa no sea penalizada por el SII debido a valoraciones incorrectas en el F22. En Quantum Auditores, recomendamos un precierre trimestral de las asociadas para evitar sorpresas en la determinación del impuesto diferido que afectará su tasa efectiva en el próximo F22.
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